El IUSI es el equivalente al impuesto predial. Se calcula sobre el valor fiscal registrado en DICABI o la municipalidad.
Tasas: 2 por millar para Q2,001-Q20,000. 6 por millar para Q20,001-Q70,000. 9 por millar para valores superiores a Q70,000.
Pago trimestral en la municipalidad correspondiente.
Al comprar o vender se genera un impuesto del 3% sobre la base imponible (el valor mas alto entre precio declarado, valor fiscal en DICABI, o avaluo bancario). Generalmente lo paga el comprador.
Regimen simplificado: 5% sobre ingresos brutos de renta.
Regimen sobre utilidades: 25% sobre renta neta (ingresos menos gastos deducibles). Conviene cuando los gastos son significativos.
Honorarios del notario (0.5-1%), timbres notariales y fiscales, inscripcion en el Registro de la Propiedad. Total: 1.5-3% del valor de la propiedad.
La vivienda propia esta exenta del ISR por ganancia de capital si es tu residencia habitual por al menos 2 anos. Los intereses hipotecarios son deducibles del ISR anual. Las mejoras al inmueble pueden sumarse al costo de adquisicion.
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